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CONVOCATORIA DE JUNTA GENERAL ORDINARIA AÑO 2015 Y ELECCIONES PARA RENOVACIÓN PARCIAL DE CARGOS DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE ESTE COLEGIO PROFESIONAL

En el area privada podrá encontrara el acta de la asamblea de la junta general 2014, así como los ingresos/gastos de 2014 y el presupuesto de 2015

Por la presente se cita a Vd. a la Junta General Ordinaria de éste Colegio Oficial de Graduados Sociales de Granada, que tendrá lugar en la Salón de Actos de ésta Corporación el día 26 de Junio de 2015, a las 19 horas en primera convocatoria y a las 19.30 horas en segunda convocatoria, con el siguiente orden del día:
 
1.- Elecciones de cargos vacantes: 6 VOCALES EJERCIENTES.
2.- Lectura y aprobación, en su caso, del Acta de la Junta anterior.
3.- Examen y aprobación, en su caso, de la Memoria anual.
4.- Examen y votación del balance y cuentas anuales de ingresos y
gastos y del presupuesto para el ejercicio.
5.- Exposición por el Presidente de la actuación y desenvolvimiento del Colegio durante el año anterior, y del estado en que se hallan las gestiones
realizadas en defensa de los colegiados.
6.- Propuesta de retribución por asistencia a Plenos.
7.- Proposiciones de la Junta de Gobierno.
8.- Repercusión económica de la expedición del Carnet Colegial nacional.
9.- Proposiciones, ruegos y preguntas de los Colegiados.
 
NORMAS PARA LA ELECCION PARCIAL DE MIEMBROS DE JUNTA DE GOBIERNO
 
Las normas de las elecciones se regirán por los Estatutos del Excmo. Colegio Oficial de Graduados Sociales de Granada, aprobados por Orden de 24 de Febrero de 2012 (BOJA nº 54 de 19 de Marzo de 2012) y, en lo no contemplado, por el Reglamento de Elecciones para miembros de Junta de los Colegios, del Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales, aprobado en sesión del Consejo General de fecha 14 de Febrero de 2.005.
 
1.- CARGOS A CUBRIR: SEIS VOCALES EJERCIENTES
 
2.- PRESENTACION DE CANDIDATURAS: La presentación de candidaturas se realizará directamente mediante presentación en el registro de la Secretaría de éste Colegio o por correo certificado al Sr. Presidente de éste Colegio Profesional de Graduados Sociales de Granada, calle Lope de Vega nº 3 bajo de Granada C.P.18002
Los interesados presentarán su candidatura indicando claramente:
A) Nombre y apellidos del candidato y nº de Colegiado.
B) Hallarse en pleno uso de sus derechos colegiales y al corriente de pago de sus cuotas y contar con al menos dos años de antigüedad de colegiación.
C) Compromiso de prestar Juramento o Promesa, establecido y exigido por la legislación vigente y nuestros Estatutos.
Tanto las candidaturas que se presenten directamente en la Secretaría de éste Colegio como las enviadas por correo certificado, deberán obrar en éste Colegio, (como fecha tope y máxima) antes de las 14,00 horas del día 9 Junio de 2015.
 
3.- PROCLAMACION DE CANDIDATOS: Será el día 10 de Junio de 2015.
Ese mismo día, en sesión de Junta de Gobierno, se procederá públicamente a la elección de los colegiados que compondrán la Mesa Electoral, de ser así exigible atendiendo al número de candidatos proclamados

4.- CAMPAÑA ELECTORAL: Efectuada la proclamación de candidatos, que se notificará a todos los proclamados el mismo día, por correo ordinario y correo electrónico a la dirección que indiquen en la candidatura, se iniciará un periodo de campaña electoral desde el día 15 de Junio de 2015 al 24 de Junio de 2015, ambos inclusive.
 
5.- CELEBRACION DE ELECCIONES: Las votaciones tendrán lugar el día 26 de Junio de 2015, constituyéndose la Mesa Electoral a las 16 horas, y pudiéndose ejercer el Derecho a voto desde esa hora hasta el comienzo de la sesión ordinaria que se convoca, en segunda convocatoria, (es decir, hasta las 19,30 horas), en cuyo momento, al inicio de la sesión, se requerirá a los colegiados que estando presentes no hayan ejercido aún su derecho que lo ejerciten, y a continuación se procederá al escrutinio y publicación de resultados, cumplimentando el punto previsto del orden del día.
El voto se ejercerá personalmente de forma secreta en el Acto Electoral. Al emitir el voto, los electores darán su nombre y apellidos, estando obligados a identificarse si así fueran requeridos para ello.
Para poder ejercer el derecho al voto será requisito imprescindible estar al corriente de pago y en pleno uso de sus derechos colegiales.
 
6.- VOTACIONES POR CORREO: El voto podrá emitirse por correo certificado de acuerdo con lo establecido en las normas de referencia, y que en lo que afectan al voto por correo, se transcribe en los siguientes apartados:
1.-Los electores que prevean que en la fecha de la votación no se hallarán en la localidad donde se encuentra ubicada la sede colegial donde se vaya a efectuar la votación, (en nuestro caso Granada), o que no puedan personarse, pueden emitir su voto por correo. A tal efecto, los electores deberán presentar a la Junta de Gobierno del Colegio o, en su caso, a la Junta Provisional, solicitud que cumpla los requisitos siguientes:
2.-El elector solicitará de la Junta de Gobierno o Junta Provisional, a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el décimo día anterior a la votación, un certificado de inscripción en el censo.
3.-La solicitud deberá formularse personalmente debiendo exhibir su Documento Nacional de Identidad o carné colegial. En el supuesto de que el Colegio tuviera establecidos los medios necesarios para ello, la solicitud podrá efectuarse por medio telemático acreditando la personalidad del remitente mediante firma electrónica autentificada por una entidad pública de certificación.
4.-En caso de enfermedad o incapacidad que impida la formulación personal de la solicitud, cuya existencia deberá acreditarse por medio de certificación médica oficial, y siempre que no pueda efectuarse la solicitud por el sistema telemático previsto en la letra anterior, aquélla podrá serefectuada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente mediante documento que se extenderá individualmente en relación con cada elector y sin que en el mismo pueda incluirse a varios electores, ni una misma persona pueda representar a más de un elector. La Junta de Gobierno, o en su caso, la Junta Provisional comprobará, en cada caso, la concurrencia de las circunstancias a que se refiere este apartado. Los Colegiados que residan en las Islas no capitalinas de Canarias y Baleares, así como los integrados en Colegios de ámbito territorial superior a una provincia podrán realizar la solicitud por correo certificado y acuse de recibo.
5.-Recibida dicha solicitud, la Junta de Gobierno, o en su caso, Junta Provisional comprobará la inscripción, realizará la anotación correspondiente en el censo, a fin de que en las elecciones no se realice el voto personalmente, y extenderá el certificado solicitado.
6.-La Junta de Gobierno o, en su caso, la Junta Provisional remitirá por correo certificado al elector, al domicilio por él indicado o, en su defecto, al que figure en el censo, las papeletas y los sobres electorales, junto con el certificado mencionado en el párrafo anterior, y un sobre en el que figurará dirección del Colegio y la indicación “voto por correo”.
7.-Una vez que el elector haya rellenado la papeleta de voto, la introducirá en el sobre de votación y lo cerrará. Incluirá el sobre de votación, el certificado y fotocopia del Documento Nacional de Identidad en el sobre dirigido a la Mesa Electoral y lo remitirá por correo certificado. Será válido todo sobre que, cumpliendo los precitados requisitos, llegue a la Mesa Electoral, constituida por la Junta de Gobierno, antes del cierre de las urnas.
 
Granada a 27 de Mayo de 2015.