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AUTÓNOMOS. ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA Y NOTIFICACIONES TELEMÁTICAS


Desde la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social nos informan que con motivo de las últimas actuaciones que se están desarrollando en el ámbito de Administración Electrónica y en concreto en relación con el colectivo de trabajadores autónomos, se considera de interés informar sobre las novedades con el fin de valorar las implicaciones que pueden derivarse para los profesionales.

Muchas de las innovaciones que se están desarrollando están en sintonía y concordancia con las peticiones que se han formulado por el colectivo de Graduados Sociales como colaboradores en la gestión de la TGSS. No cabe duda de que los objetivos de minimizar las cargas administrativas, simplificar trámites eliminar desplazamientos y facilitar el acceso a los distintos servicios que ofrece la TGSS por canales electrónicos favorece una gestión eficiente tanto para los propios usuarios como para los profesionales.

La publicación de la Orden ESS/214/2018, de 1 de marzo, que modifica la orden ESS/484/2013, de 26 de marzo de 2013, reguladora del sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social, supone un hito en materia de Administración Electrónica para el colectivo de trabajadores autónomos, introduciendo la obligación de gestionar por vía electrónica los trámites de afiliación, cotización y recaudación, así como la recepción de las notificaciones de los actos administrativos de la TGSS.

La TGSS, de un modo flexible, facilita que el propio trabajador elija para el cumplimiento de las obligaciones entre dos canales, el Sistema RED, en el que un autorizado actúa en su representación, o la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social (SEDESS), donde el autónomo puede realizar sus gestiones directamente, mediante servicios online o presentando la solicitud del trámite a través del Registro Electrónico.

En la actualidad, más del 50% del colectivo de trabajadores autónomos ya opera por estos canales de Administración Electrónica que ofrece la TGSS, y más del 70% de los trámites principales (altas, bajas y cambios de base de cotización) ya se realizan por dichos canales electrónicos. Más concretamente, el 44 % de estos trámites se gestionan por el sistema RED, lo que consolida este Sistema como el canal prioritario elegido por los trabajadores autónomos dada la confianza que genera la gestión que realizan los profesionales.

No obstante, siendo conscientes del importante cambio que implica esta regulación para aquellos ciudadanos que no son usuarios habituales de los canales electrónicos de la TGSS, la obligatoriedad no se hará efectiva hasta el 1 de octubre de 2018. Este período transitorio de seis meses permitirá, a aquellos trabajadores autónomos que aún no hacen uso de la Administración Electrónica acercarse a este modo de gestión y adaptarse a una nueva forma de trabajo, bien de forma directa o a través de un autorizado Red.

Como bien conocemos en el Sistema RED y en la SEDESS, la TGSS ofrece un amplio catálogo de servicios dirigidos específicamente a los trabajadores autónomos: alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomo, baja, cambio de base de cotización, cambio de actividad, solicitud de cobertura para el año próximo.... También es posible la obtención de informes (duplicado de la resolución de alta/baja, consulta de bases y cuotas ingresadas) y la realización de otras gestiones como el cambio de domicilio o de domiciliación bancaria.

Además, a partir del 1 de octubre de 2018, la consulta y firma de notificaciones deberá realizarse en la SEDESS, a través del servicio disponible para la "Consulta y firma de notificaciones telemáticas". En caso de que el trabajador opte por elegir a un profesional que actúe a través del Sistema Red, cuenta con la ventaja de disponer de un segundo receptor de sus notificaciones, ya que a éstas podrá acceder tanto el propio trabajador autónomo como el autorizado que tenga asignado su NAF y cualquiera de ellos podrá firmar las notificaciones electrónicas con plena validez jurídica.

Queremos recordar la importancia de que la TGSS disponga de los datos de contacto actualizados, teléfono móvil y correo electrónico, tanto de los trabajadores como de los autorizados RED. La TGSS utilizará estos canales para dirigir comunicaciones de interés y enviar avisos útiles para su gestión.

Por último, la TGSS ha lanzado una campaña de divulgación dirigida a trabajadores autónomos, tanto en correo postal como vía SMS, con la finalidad de dar a conocer las nuevas obligaciones que serán efectivas para este colectivo a partir del 1 de octubre, así como diferentes aspectos relacionados con Administración Electrónica (canales, sistemas de acceso, servicios electrónicos...). Con este motivo se ha elaborado el tríptico que se adjunta a este comunicado.

Las Direcciones Provinciales de la TGSS también están abordando dentro de su ámbito de gestión las tareas necesarias para lograr la mayor difusión del contenido de la nueva norma, incidiendo especialmente en los colectivos de profesionales que colaboran con la entidad.

Al objeto de facilitar la transición de la gestión presencial a los nuevos canales electrónicos, la TGSS pone a disposición tanto de usuarios como de profesionales su amplia red de oficinas, donde encontrarán apoyo y asesoramiento en todas las cuestiones relacionadas con estas nuevas obligaciones. También se encuentra a disposición del usuario el teléfono 901 502 050, donde atenderán las dudas que surjan sobre este tema.

En la página web de la Seguridad Social y la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social podéis ampliar esta información (run.gob.es/vthuwc).